Hora de Organizarnos. Estamos Artos!!







Ya Basta!!


Mucha Irregularidad Cobach Plantel Maestro Rubén Vizcaíno Valencia

Semestres pasan y nos obligan a pagar $1100 de inscripción


Ruben Vizcaino de los planteles mas descuidados.

Cancha de Fútbol rápido no esta terminada.

Uno de los laboratorios de Informática esta en muy malas condiciones, computadoras incompletas, (algunas sin mouse, otros sin teclado, otros sin Internet, otras todas borrosas de la pantalla).

No tenemos talleres de música, danza, teatro, banda de guerra, como en otros planteles.


Tenemos muy limitada nuestra libertad de expresión!!


El director Jesús Alberto Osuna Olivas no puede autorizar un periódico mural del 2 de octubre de 1968, pero si puede autorizar que entren personas ajenas al plantel a vender pulseras y collares dentro del plantel, a que entren personas ajenas al plantel a vender cosas del personaje “onion boy” y a que se haga publicidad a los antros de la ciudad.

Los Alumnos Cobach Concientes del Plantel Maestro Rubén Vizcaíno Valencia, Responsabilizamos de estas Irregularidades al Director Lic. Jesús Alberto Osuna Olivas, que aun por su antigüedad como director en este plantel, no ha mostrado resultados favorables para nosotros los alumnos.

Movimiento Alumnos Cobach
CHECA DENUNCIA PUBLICA EN EL BLOG DE ABAJO
COPEA Y DISTRIBUYE!






Movimiento Alumnos Cobach PHOTOSHOW

13 ago 2008

Nuestras Garantias Individuales

Todo Derecho!!
Nuestras Garantías Individuales
Nos respaldan


Compañeros a continuación mencionaremos algunas de las garantías individuales de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que debemos tomar siempre en cuenta, ya que estas nos garantizan la libertad de organizarnos, expresarnos y hacer peticiones a quienes nos dirigen.

Articulo 6o: La manifestación de ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, los derechos de terceros. Provoque algún delito o perturbe el orden público; el derecho a la información será garantizado por el estado.
Articulo 7o: Es INVIOLABLE la libertad de escribir y publicar escritos sobre cualquier materia. Ninguna ley ni autoridad puede establecer la previa censura, ni exigir fianza a los autores o impresores, ni coartar la libertad de imprenta, que no tiene más límites que el respeto a la vida privada, a la moral y a la paz publica...

El articulo 6to nos permite expresarnos y manifestar nuestras ideas, pero como? Es ahí donde entra el articulo 7mo que nos permite escribir y publicar escritos de forma impresa, es por eso que nos sentimos respaldados a la hora de editar la gaceta con sus escritos, imprimirla y distribuirla...

Articulo 8o: Los funcionarios y empleados públicos respetaran el ejercicio del derecho de petición, siempre que este se formule por escrito, de manera pacifica y respetuosa; pero en materia política solo podrán hacer uso de ese derecho los ciudadanos de la república. A toda petición deberá recaer un acuerdo escrito de la autoridad a quien se haya dirigido, la cual tiene obligación de hacerlo conocer en breve término al peticionario.

El artículo octavo nos permite escribir peticiones a los directivos de nuestro plantel, mientras sean de manera respetuosa, queremos una sociedad de alumnos que reciba las peticiones y firmas de todos los alumnos de la institución para redactar las peticiones de manera más formal y con el respaldo y poder de esta sociedad entregar la petición a los directivos.
Articulo 9o: No se podrá coartar el derecho de asociarse o reunirse pacíficamente con cualquier objeto lícito; pero solamente los ciudadanos de la Republica podrán hacerlo para tomar parte en los asuntos políticos del país. Ninguna reunión armada tiene derecho a deliberar. No se considerara ilegal y no podrá ser disuelta, una asamblea o reunión que tenga por objeto hacer una petición, o presentar protesta por algún acto a una autoridad, si no se profieren injurias contra esta, ni se hiciere uso de violencias o amenazas para intimidar u obligarla a resolver en el sentido que se desee.

Según el ART. 9º Tenemos derecho de asociarnos, por lo tanto podemos hacer una sociedad de alumnos, la sociedad de alumnos busca por medio de asambleas y reuniones recibir las peticiones de los alumnos para redactarlas de manera formal y entregarla a los directivos, y no podrá ser disuelta dicha asamblea o reunión ya que tiene por objeto hacer una petición...

Articulo 133: Esta Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y todos los tratados que estén de acuerdo con la misma celebrados y que se celebren por el Presidente de la República, con aprobación de Senado, serán la Ley Suprema de toda la Unión. Los jueces de cada Estado se arreglaran a dicha Constitución, leyes y tratados, a pesar de las disposiciones en contrario que pueda haber en las Constituciones y leyes de los Estados.

La Constitución es la Ley Suprema del país. En tal virtud, los jueces de cada estado están obligados a aplicarlos aun cuando pugnen con las constituciones o leyes locales... Compañeros si la constitución de nuestro estado pierde el valor frente a la constitución mexicana, cuanto mas valor pierde un absurdo reglamento escolar que va en contra de las garantías individuales de todos los mexicanos, aun firmando que aceptamos el reglamento escolar este pierde el valor al enfrentarse a la Constitución Mexicana.

Así que tenemos la libertad de hacer una sociedad de alumnos en nuestro plantel, que organice asambleas para redactar peticiones a los directivos, también tenemos la libertad de expresar nuestras ideas e inconformidades en la Gaceta Alumnos Cobach, y distribuirla. Y ningún reglamento escolar puede prohibir dichas libertades ya que estas vienen garantizadas en la Ley Suprema del País que es inviolable por alguna otra constitución, ley, o reglamento local. ★

No hay comentarios:

Algunos Videos Cobach